INTEL y la protección de acuíferos 1995
Por: Alexander Bonilla Durán
Ante las deficiencias y carencias del EIA presentado por INTEL a al SETENA,
se les han pedido estudios adicionales, de los cuales ayer dimos una parte.
Hoy continuamos.
La SETENA le pide los estudios ambientales para la segunda etapa; presentar
los datos sobre las plantas de tratamiento que construirán; incorporar
las medidas compensatorias como consecuencia de ciertos efectos ambientales
de largo plazo o irreversibles producidos por el proyecto. Además se
le dice a INTEL que todos los desechos sólidos de la fase de construcción
deberán ser dispuestos en sitios aptos y de acuerdo a la normativa establecida.
También que los desechos líquidos deben ser tratados y dispuestos.
Se les estipula que no se deberá quemar ningún tipo de desecho
como producto de las labores de construcción y operación del proyecto.
En cuanto a los suelos que se deberán remover en la etapa de construcción,
debido a que fueron impregnados con plaguicidas en labores agrícolas
pasadas, se prohibe que se dispongan o lancen sobre área de protección
de acuíferos y manantial que están al norte de la finca del proyecto.
También se llama la atención de que si ese suelo se va a tirar
o usar en otros lados, debe tener previa autorización por la SETENA.
Se les pide que el agua que se vierten en Río Segundo, sean de las plantas
de tratamiento del alcantarillado pluvial y de las torres de enfriamiento, cumplan
con la norma de calidad establecida.
Se estará vigilando con el cumplimiento de todo esto?