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INTEL y la protección de acuíferos 1995

Por: Alexander Bonilla Durán


Ante las deficiencias y carencias del EIA presentado por INTEL a al SETENA, se les han pedido estudios adicionales, de los cuales ayer dimos una parte. Hoy continuamos.


La SETENA le pide los estudios ambientales para la segunda etapa; presentar los datos sobre las plantas de tratamiento que construirán; incorporar las medidas compensatorias como consecuencia de ciertos efectos ambientales de largo plazo o irreversibles producidos por el proyecto. Además se le dice a INTEL que todos los desechos sólidos de la fase de construcción deberán ser dispuestos en sitios aptos y de acuerdo a la normativa establecida. También que los desechos líquidos deben ser tratados y dispuestos. Se les estipula que no se deberá quemar ningún tipo de desecho como producto de las labores de construcción y operación del proyecto.


En cuanto a los suelos que se deberán remover en la etapa de construcción, debido a que fueron impregnados con plaguicidas en labores agrícolas pasadas, se prohibe que se dispongan o lancen sobre área de protección de acuíferos y manantial que están al norte de la finca del proyecto. También se llama la atención de que si ese suelo se va a tirar o usar en otros lados, debe tener previa autorización por la SETENA.


Se les pide que el agua que se vierten en Río Segundo, sean de las plantas de tratamiento del alcantarillado pluvial y de las torres de enfriamiento, cumplan con la norma de calidad establecida.


Se estará vigilando con el cumplimiento de todo esto?

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