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Uso de un parque nacional como botadero de desechos 1998

Por.Alexander Bonilla D.

Muchas llamadas de apoyo hemos recibido en relación a nuestras denuncias sobre el uso del Parque Nacional Guanacaste para botar desechos industriales de una empresa del gobierno de Inglaterra. En su momento, hace más de un mes enviamos carta al Ministro de Ambiente.


Sin embargo, a la fecha, no se ha dignado contestarnos. Dichosamente la Defensoría de los Habitantes, en forma ágil y responsable, acogió nuestra denuncia y pidió informes y aclaración al Ministro y Director del Área de Conservación Guanacaste.


Esperamos el informe de la Defensoría, porque lo que sucede con estos pudiera ser la punta del iceberg, en el Manejo del Área de Guanacaste.


El permiso de botar desechos el Minae lo ha justificado o camuflado por concepto de Servicios Ambientales. No obstante, en el artículo 3 de la Ley Forestal que define Servicios Ambientales no especifica nada sobre botadero de desechos, pues todo se relaciona a lo forestal. Por otra parte todo servicio ambiental debe reglamentarse y mediante un decreto se define la forma de pago, tal y como de hizo en el sector forestal. Nada de esto existe con el botadero de desechos industriales en el Parque Nacional Guanacaste.


La empresa debe resolver este problema de contaminación que genera, estableciendo el manejo y disposición de los desechos fuera del Parque Nacional y repuntando leyes y reglamentos sanitarios dados al efecto.

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