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La verdad sobre un fallo ambiental

Por. Alexander Bonilla D.

La Empresa Inglesa DEL ORO, que botara desechos dentro del Parque Nacional Guanacaste y que ha contaminado otros sitios en la zona de La Garita de La Cruz, me acusó ante los tribunales porque según ellos yo había mentido en comentarios que hice en enero ,febrero y marzo, sobre la contaminación ambiental que ellos provocaban. Me acusaron por difamación . Pedían que les pagara $480.000 (unos l50 millones de colones), que pagara las costas de los abogados, y pidieron que me embargaran la casa y supuestas cuentas bancarias( que no tengo). El juicio se llevó a cabo ahora en el mes de octubre
(expediente N° 00-14-162-Tribunal Penal de Juicio, Segundo Circuito Judicial de San José,Goigoechea). El fallo se dio mediante sentencia N° 564-2000. Haga del conocimiento público el fallo.
Fui absuelto por lo que dije sobre la contaminación que provocaba la empresa DEL ORO. Sin embargo fui condenado al pago de 60 días multa( sesenta mil colones) porque no pude probar que había TRAFICO DE INFLUENCIAS AMBIENTALES NI EL PODER OCULTO, que dije que justificaba que a esa empresa se le permitiera seguir contaminando. Eso fue todo el fallo. No se me condenó al pago de los $480.000; no se me condenó al pago de costas de abogados; ni se permitió el embargo de mi casa.
Para mí lo más importante es que se probara la contaminación y que mediante la “excepción de la verdad” se demostrara que había dicho la verdad en cuanto a la contaminación.
Sobre la contaminación veamos textualmente lo que dice el fallo
1.HECHOS PROBADOS ( FOLIO 73). Me dan por acreditado lo siguiente :

1.1. La Empresa Inglesa en Guanacaste produce desechos de naranja que provocan contaminación. A pesar de resoluciones de la Defensoría,Contraloría y Sala Cuarta, siguen contaminando.
1.2. Los vecinos de La garita de La Cruz reinician lucha contra la contaminación y le piden al Ministerio de Salud revocar el permiso.
1.3. No han presentado Estudio de Impacto Ambiental
1.4. No tienen ningún plan ambiental para producir abono orgánico.
1.5. Hay riesgo de proliferación de malos olores, de plagas, y de efecto de los lixiviados en las aguas.
1.6. No han presentado el plan de manejo de la gallinaza.
1.7. Los desechos ahora se botan en áreas bajo régimen forestal.
1.8. La SETENA dice que hacen “compostera” pero que no está registrada ni acreditada como abono orgánico ante autoridades correspondientes

2. SOBRE LA CONTAMINACION CON DESECHOS DE NARANJA.(sectores El Amo y El Hacha).
2.1 Se descalificó el experimento.No había respaldo científico de las investigaciones.El testigo Daniel Janzen dijo que todo”está en mi cabeza”. Eso dejó “entreveer la poca seriedad de ese proceder”. Se acreditó la afirmación del Dr.Ramirez Martínez ,Catedrático Universitario e investigador agrícola, que dijo que eso no era un experimento y que existía contaminación en el lugar.

2.2 Se apreció que aún años despues (2 años y 6 meses) los residuos de naranja permanecen sin descomponerse .Fue notoria la ausencia de vegetación en los montículos y la afectación al tronco de un árbol en apariencia quemado por los lixiviados.
2.3 El informe que solicitó la Ministra de Ambiente a la Universidad Nacional, refiere una “valoración distinta ante los criterios técnicos en contrario,los cuales incluso conllevaron a una serie de resoluciones de la Sala Constitucional, mediante las cuales se determinó la existencia de contaminación en el sitio y la afactación al medio ambiente...”.
2.4 Los mecanismos que la empresa empleó desde un inicio para el manejo de subproductos de naranja a cielo abierto fueron inadecuados.

Después de hacer todas las valoraciones sobre la contaminación las jueces dijeron que “ este Tribunal ha adquirido el convencimiento que las manifestaciones de BONILLA DURAN atinentes a la contaminación pór generación de lixiviados,malos olores, y proliferación de plagas o moscas, ha quedado debidamente comprobado, al igual que la ausencia de un plan de tratamiento de desechos aprobado por el SETENA y de manejo inadecuado de la gallinaza”.

3..SOBRE LA LUCHA DE LOS VECINOS Y REVOCATORIA DE PERMISO(folio l03).
Dijeron las jueces lo siguiente : “con fundamento en todos los enunciados de prueba se ha comprobado la veracidad de las aseveraciones de BONILLA DURAN atinentes al movimiento organizado por los vecinos de La Garita en contra de la compostera las decisiones del Ministerio de Salud de revocar el permiso, la ausencia de un plan de impacto ambiental por parte de Abonos del Oro y la falta de uniformidad de la compañía sobre el manejo de los desechos de la naranja”.

4. SOBRE EL INCUMPLIMIENTO DE LEYES E INOBSERVANCIA DE RESOLUCIONES DE LA SALAS CUARTA (folio ll3).

Dije que la empresa Del Oro burlaba leyes y reglamentos y que había desigualdad en la aplicación de leyes y reglamentos. Luego de analizadas todas las pruebas las jueces determinan : “es notorio el fundamento probatorio que respalda las expresiones del querellado (BONILLA DURAN) en punto a la inobservancia de leyes y resoluciones constitucionales por parte de la empresa querellante(DEL ORO).
Mas claro no puede haber quedado.

5. SOBRE EL USO DE BOTADEROS EN AREAS BAJO REGIMEN FORESTAL,CONTRATOS FORESTALES E INCENTIVOS.(folio ll4).

Dije que los terrenos de la abonera estaban en un terreno sometido a Régimen Forestal. Las jueces dijeron: “ se ha constatado que las aseveraciones del querellado(BONILLA DURAN) se ajustaron a lo ocurrido en la realidad para la fecha de las emisiones radiales"”. Otro hecho claro y verdadero.

6. HECHOS NO PROBADOS ( folio 76 ).

Según las jueces : No demostré que la Empresa Del Oro utilice el TRAFICO DE INFLUENCIAS AMBIENTALES. No demostré que la Empresa del Oro sigue operando y botando desechos por obra y gracia de ALGUNA MANO O PODER OCULTO.
Por eso y solo por eso me condenaron al pago de 60 días multa. Las jueces no consideraron como tráfico de influencias ambientales el hecho de que el sobrino del Presidente de la República, en ese momento Ministro a,i del Ambiente, fuera el Fiscal de la Junta Directiva de la Empresa Del Oro y abogado de la misma.Tampoco vieron como tráfico de influencias ni el poder oculto el hecho de que el Ministro de Agricultura fuera vocal de la Junta Directiva de Del Oro. Yo como ciudadano y acogiendo el clamor de las comunidades afectadas lo interpreté así. Juzguen ustedes costarricenses. La lucha continua.

Todo lo escrito aquí lo hago bajo juramento.Está basado en la resolución de la Sentencia que se dictó por haber denunciado la contaminación que provocaba una empresa del Gobierno de Inglaterra en el Parque Nacional Guanacaste y en el sitio de La Garita de La Cruz. Es la verdad y nada más que la verdad.

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