*** Regresar ***

Caso del CIMA 2000

Por: Alexander Bonilla Durán

En el Recurso de Amparo n° 8351 – 99, que los vecinos del Hospital CIMA plantean a los Srs. Magistrados, manifiestan lo siguiente:

1. Los trabajos de movimiento de tierra que precedieron a la construcción se realizaron sin contar previamente con un Estudio de Impacto Ambiental aprobado por la Setena por Resolución firme. Con esos movimientos se destruyeron áreas boscosas colindantes a las urbanizaciones y al río Acres.

2. La generación de polvo por los movimientos de tierra los ha afectado en la salud y costos de mantenimiento de limpieza.

3. Nunca se les dio audiencia sobre los alcances del proyecto ni a los aspectos técnicos del mismo.

4. Les preocupa la generación de 2.800 kilos de basura infecciosa peligrosa y de 2400 kilos de basura no infecciosa.

5. Se ha instalado un incinerador que afectaría a los vecinos por las partículas expulsadas para atenuar la contaminación.

6. El incinerador funcionará sin que se haya aprobado sin instalación por las autoridades correspondientes.

7. Han detectado en el periodo de prueba una alta contaminación sónica por la presencia de máquinas, que no han sido forradas con protección acuática.

8. La Garantía Ambiental que impuso la Setena originalmente fue de $ 260.000. Pero, se rebajó a $ 120.000 y aún así no ha sido satisfecha por la Empresa (aparentemente ya se hizo y se puso a responder una propiedad).

9. El uso del suelo según el Plan Regulador era residencial; pero sin participación de la Municipalidad fue cambiado a industrial.

10. La Setena les negó acceso a documentos ambientales del proyecto porque alegan que existen derechos de estos por parte de quien hizo estudios. Esto no puede ser. Qué pasa en Setena?.


Así están las cosas. Pero el Hospital está pronto a inaugurarse con bombos y platillos. Parece que se negocian con los vecinos varios puntos. Mañana los daremos a conocer.

Más dudas con este proyecto

Con bombos y platillos, poder y fuerza se inaugura el Hospital CIMA al oeste de San José. Pero como lo dimos a conocer ayer, los vecinos interpusieron un Recurso de Amparo contra el Hospital y han obligado a la Empresa a negociar, porque no desean que el asunto trascienda a la opinión pública.
Aparentemente se estarían estableciendo varios compromisos entre los vecinos y los dueños del Hospital.

1. Reforestar las orillas del río Acres.

2. Confirmar el ruido mediante muros especiales.

3. Se estaría eliminando el incinerador.

Esto sería el acuerdo con los vecinos. Les recomendamos y asesoramos con un experto ambiental. Sin embargo quedan aspectos legales y procedimientos que deben aclararse. Ha cumplido esta obra con todos los requisitos y procedimientos que se le piden a todos los costarricenses?. Esto es importante aclararlo para que no se interprete que la ley es diferente para algunos privilegiados. Tiene la patente municipal y el permiso de funcionamiento del Ministerio de Salud?.
Fue aprobado en todos sus extremos el Estudio de Impacto Ambiental?. Consideramos que la garantía ambiental debe cancelarse de inmediato antes de entrar en operación. Asimismo, el EIA debe y debía haber sido expuesto a los vecinos y a la Municipalidad. Ellos tienen derecho a conocer los alcances del Hospital. Porqué tanto misterio y trabas?. Será que se quiere ocultar algo?. Pedimos públicamente el EIA cumplió el cambio de uso de suelo de Residencial e Industrial. Todos los procedimientos legales?. Debe aclararse por parte del INVU para que no quede la duda y malos entendidos.
Si ya no tendrán incinerador, cómo dispondrán los desechos infecciosos y no infecciosos?

La respuesta al Recurso de Amparo por parte del Hospital CIMA

La semana pasada dimos a conocer las preocupaciones ambientales de vecinos del Hospital CIMA, razón por lo cual ellos presentaron un Recurso de Amparo y un pliego de peticiones a los dueños del Hospital. Hoy daremos a conocer la respuesta al recurso de Amparo por parte de la Empresa.

1. Los vecinos dicen que se empezaron movimientos de tierra sin contar con la aprobación de EIA por parte de la Setena. Hospital CIMA dice que eso no es cierto. La Setena por Resolución 31 – 98 el 28 de Enero de 1998 aprobó la viabilidad ambiental del movimiento de tierra inicial. La Resolución 198 – 98 del 22 de Abril de 1998 aprobó el EIA. La Municipalidad de Escazú otorgó el permiso para el movimiento de tierra por Resolución del 13 de marzo de 1998.

2. Los vecinos dicen que se taló zona boscosa y se destruyó parte de la Cuenca del Río Agres. Hospital CIMA dice que no había zona boscosa de acuerdo con la Ley Forestal, sino algunos árboles y arbustos de café. Además, dicen que no se dio ningún tipo de erosión. La corta de árboles se hizo con permiso del MINAE. Si cortaron 21 Poró, 1 Cedro Amargo, 1 Guachipelín, 5 Indio Desnudo, 1 Laurel, 4 Higuerones, 7 Guabas.

3. Los vecinos cuestionaron la generación de polvos en el proceso de construcción. Hospital CIMA dice que ejecutaron un plan de mitigación supervisado y aprobado por SETENA. Se hicieron procesos de riego para minimizar la generación de polvos.

4. Los vecinos dicen que no se ha depositado la Garantía Ambiental. Hospital CIMA presenta la garantía mediante Bono de Garantía n° 1495 – 99 por $ 130.000 de fecha 11 de noviembre 1999, con vigencia hasta el 11 de noviembre, 2000.



Creo en la voluntad de las partes para solucionar el conflicto


Los vecinos del Hospital CIMA se quejaron por el ruido y el potencial impacto de un incinerador.


Hospital CIMA dice que se identificaron las posibles fuentes de contaminación sónica y se ofrecieron soluciones para mitigarlas. No se puede dar solución para el ruido que producen las máquinas, hasta tanto no se confirme el nivel verdadero de ruido emanado en la generación. Se harán mediciones y los niveles de ruido deben ser confirmados por el Ministerio de Salud previo a otorgar el premiso de funcionamiento. Ya se hicieron pruebas de ruido y para el 23 de diciembre estarán terminadas las obras para mantener el ruido al nivel legal permitido.


Sobre el incinerador Hospital CIMA dice que este se consideró en el EIA; que el equipo excede las garantías técnicas ofrecidas a la Setena, y que garantizará la eliminación de ciertos desechos sólidos para evitar la propagación de enfermedades contagiosas y de epidemias. El incinerador es solo uno de los medios que usará el Hospital para disponer algunos de los desechos sólidos. Solo se quemarían desechos orgánicos o biológicos, gasas, algodones, cartones. El incinerador eliminará en un 100% la emanación de partículas. Las cenizas generadas serán enviadas a un relleno sanitario autorizado. La unidad de permisos y controles del Ministerio de Salud autorizó el 22 de febrero de 1999 la ubicación del incinerador. El permiso de operación queda sujeto a pruebas adicionales.


Así están las cosas entre el Hospital CIMA y los vecinos. La Sala IV deberá valorar las pruebas de una y otra parte y resolver. Nosotros por otra parte estamos valorando la voluminosa prueba de unos y otros, para en su momento dar nuestro criterio. En ambos casos hay verdades, verdades a medias y equivocaciones. Este conflicto refleja falta de tacto y estrategia empresarial. Muchas cosas se pudieron haber evitado si se hubiera consultado y tomado parecer a todos los vecinos. Lo legal le corresponde a la Sala IV y Minae, Ministerio de Salud y Municipalidad definirlo.


Yo creo que el conflicto ambiental se puede manejar con voluntad de las partes y que en lo de operación, el Hospital encontrará el equilibrio deseado para lograr la sostenibilidad y corregir errores y problemas derivados en toda fase de construcción de una gran obra.


Todavía hay secuelas en esta investigación del proyecto Hospital CIMA

Ahora que está de moda la preocupación por los desechos hospitalarios, reflexionamos sobre una situación presentada.


En un periódico nacional salió un anuncio en Octubre de 1998, donde se ofrecía un incinerador ecológico para quemar desechos hospitalarios: desechos humanos, jeringas, agujas, plásticos, etc. . Los servicios los ofrecía un Hospital privado. La temperatura del incinerador era de 1000 °C. Y estaba alimentado por un generador de diesel.


Una reciente nota del ministerio de Salud en nuestro poder dice que cuando existan dioxinas y furanos la temperatura no debe ser inferior a 1600°C. La fuente de origen de las dioxinas y furanos son entre otras la quema de desechos hospitalarios, la quema de PCB's, la quema de medicamentos y productos de desecho conteniendo cloro.


La incineración de este tipo de productos, dice el Ministerio de Salud, requiere hornos especiales de alta temperatura y tiempos de residencia apropiados. Por lo tanto, este tipo de incineración no debe funcionar hasta tanto no se aprueban las condiciones adecuadas porque las dioxinas y los furanos según la literatura técnica producen cáncer en seres humanos. Además, como en Costa Rica no existe Reglamentación Técnica para los incineradores (al 22 de noviembre, 1999) se debe acudir a normas internacionales para su regulación.


En virtud de lo anterior hemos pedido a Setena del Minae, al Ministerio de Salud, y Defensoría, investigar los impactos ambientales de ese incinerador anunciado. Cómo funcionó; si se aprobó EIA, si se analizó la temperatura Vs. Materiales quemados. Si hubo registros de quema desechos hospitalarios. Si continúa operando etc., etc. .


Acaso no tenemos derecho a velar por nuestra salud?. Los vecinos de ese incinerador debieron preocuparse. Bueno, pero nunca es tarde. Por eso les deseamos la información, aunque se molestan en ese Hospital privado y eso puede afectar la búsqueda de recursos económicos que realizan.

*** Regresar ***