Masacre del Pacuare : ronda la impunidad
Por. Alexander Bonilla D.
Lo habíamos denunciado (ver PL 19 feb.2003).Cientos de peces fueron
masacrados.Eso ocurrió un 12 de enero . Y hoy... no han aparecido los
culpables.Parece que otra vez quedará impune el crimen.
El 29 de enero se interpuso la denuncia ante el Tribunal Ambiental Administrativo.Se
abre el expediente 11-03. El 12 de marzo mediante la Resolución 204-03-TAA
considera que :
“...no se puede inferir un nexo de causalidad entre el accidente ocurrido
el día 12 de enero en el aeropuerto de 24 Millas de Batán, en
el área de carga de la Standard Fruti Company de Costa Rica SA y la muerte
de peces en el río Pacuare...” POR TANTO: “... se desestima
la investigación en contra de la empresa Standard Fruti Co por la muerte
de peces ocurrida en el río Pacuare... Se acuerda iniciar Procedimiento
Ordinario Administrativo por parte de este Tribunal en contra de la empresa
denunciada, por la descarga de funguicida BRAVO 72 SC en un canal artificial
que desfoga en el río Madre de Dios”.
Esta resolución ha levantado un polvorín.Se le considera inconsistente
y ambigua. En consecuencia, en forma inmediata(17 de marzo) el Director del
Area de Conservación Amistad Caribe y Miembro del Consejo Regional Ambiental,
interpone recurso de revocatorio contra la resolución dictada por el
Tribunal Ambiental. Fundamento :
1.Sí existe un nexo causal entre la actividad de la Standard Fruit Co
en su aeropuerto en Milla 24 y la muerte de fauna silvestre en el río
Pacuare.(resumimos):
“la empresa realiza fumigación aérea desde hace muchos años
por lo que construyeron una pista de aterrizaje en Milla 24, Matina, con depósitos
de almacenamiento de plaguicidas...El 12 de enero se dio una ruptura de un tanque
de almacenamiento del plaguicida BRAVO, en el cual se advierte su alta toxicidad
para peces y crustáceos, y expresamente señala que no debe contaminarse
fuentes de aguas...A consecuencia de dicho derrame se produjo una contaminación
del canal que llega hasta la desembocadura del río Pacuare, causando
la muerte de una gran cantidad de especies animales.Se observaron gran número
de peces muertos en la superficie.Evidentemente , la corriente arrastró
tanto la sustancia contaminante como a los peces por varios kilómetros.”
2.El accidente se produjo por la falta de mantenimiento de los equipos.
En el expediente se dice”los drenajes necesitan filtros especiales que
minimicen el impacto de los productos y las aguas de los lavados de los aviones.”.”la
llave de paso utilizadas para desaguarlo estaba abierta ,lo cual permitió
que el producto llegara hasta el sistema de canales..No debe denominarse “accidente”
a una actuación que refleja negligencia e incluso podría analizarse
si existió dolo eventual...Por ahorrar dinero a la empresa, se prefiere
la opción de la contaminación”.
3.El fín del procedimiento administrativo es determinar la verdad real.
Dicen los apelantes “ la resolución impugnada es contradictoria
y carece de fundamentos técnicos.”.”Cuál es la prueba
técnica o científica , cuáles son los análisis de
laboratorio o sustento doctrinal que utiliza el Tribunal para dictar tal afirmación?.
Qué mató a los peces ?
La ocurrencia en tiempo –ocurrencia del derrame de una sustancia altamente
tóxica y la muerte de los peces ¿no es un claro indicio?. El procedimiento
administrativo no debe terminarse si la investigación aún está
inconclusa y si quedan aspectos de relevancia sin verificar.”
Por todo lo anterior,” el Tribunal Ambiental Admistrativo debe revocar
la resolución 204-03, proceder al análisis de los testimonios
de los vecinos y ordenar toda aquella prueba necesaria para determinar la causa
de la muerte de los peces y otras especies, así como la responsabilidad
de la empresa Standard Fruti Co por el derrame “accidental” de sustancias
altamente tóxicas”.
Así están las cosas con la muerte de los peces del Pacuare. Qué
queremos ¿?. Que se encuentre la verdad, que se ubiquen los culpables
y que paguen por el daño causado.