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Nuevo reglamento de la Setena 2004

Por: Alexander Bonilla Durán


Está próximo a salir el nuevo Reglamento de la Setena sobre los Estudios de Impacto Ambiental. Aunque no es lo deseable, creemos que ordena un poco lo relacionado con esta materia. Para su información le damos a conocer algunos aspectos relevantes:


Las actividades, proyectos u obras que requieren la presentación y aprobación de Estudios de Impacto Ambiental son las siguientes:


Importación de especies silvestres; construcciones de más de 1000 m2 dentro de Áreas Silvestres Protegidas; obras dentro de las Reservas Indígenas; lo que se haga con fines de investigación, capacitación y ecoturismo dentro del Patrimonio Natural del Estado; obras o proyectos declarados por el Poder Ejecutivo de interés público; las explotaciones de Servicios Públicos según Ley Aresep; actividades que afecten la biodiversidad; las obras públicas que operen bajo la Ley de Contratación Administrativa, las concesiones de obra pública; las exploraciones y concesiones mineras; exploración y explotación petrolera; construcciones y ampliaciones en Parques Industriales y Zonas Francas; Hoteles, Campamentos y Planes Maestros de Proyectos Turísticos; Urbanizaciones con calles públicas o en Condominio; Oleoductos, Gasoductos, Poliductos; proyectos en zonas de amortiguamiento de Áreas Protegidas; actividades relacionadas con sustancias químicas; Planta de Tratamiento de Aguas Residuales en industrias; Ingenios y Beneficios de Café; sistemas de eliminación de residuos sólidos; Rellenos Sanitarios para poblaciones mayores a 75.000 personas; Actividades Agropecuarias en Refugios; Marinas y atracaderos turísticos.


No se permiten proyectos, construcciones en áreas de riesgo inminente. La garantía ambiental será de hasta el 1% del costo del proyecto. La Empresa, autor del EIA y quienes lo aprueban serán responsables directos y solidarios de cualquier daño causado por el incumplimiento del EIA aprobado.

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