*** Regresar ***

Sobre la ley del Recurso Hídrico set. 2005

Por. Alexander Bonilla D.

Nadie duda que el recurso hídrico de Costa Rica debe ser regulado y adaptado a las circunstancias actuales.
Pero de ahì a pretender que una ley limite actividades productivas y de construcción( como se ha publicado) en prácticamente un 75% del territorio nacional es una incongruencia que atenta contra los principios del desarrollo sostenible, que precisamente propugna por el equilibrio entre los parámetros sociales, económicos y ambientales.
Aquì se està presentando un ambientalismo radicalizado, que està solapado en diversas gentes e instituciones , y que nos hace recordar aquello de las “sandìas”, verdes por fuera y rojas por dentro .
Algunos hacen eco de esas propuestas exageradas por convencimiento y en forma honesta, las cuales respetamos aunque nos puedan parecer equivocadas. Otros se plegan y se comportan como verdaderos “tontos útiles”. Otros simplemente lo proponen porque todavía arrastran el gusanillo de ideologías obsoletas y derribadas( las cuales tambièn respetamos, pero no compartimos porque no son honestos al no decir las intenciones reales que buscan).
La defensa por la ecología debe utilizarse para favorecer el bien comùn, a la naturaleza , y al hombre. Cuando se utiliza con fines ideológicos (en forma solapada), políticos, o de mercantilismo salvaje, se pervierte el espiritu de una honesta lucha a favor de la conservación ambiental y de las presentes y futuras generaciones..
La Ley sobre el Recurso Hídrico debe respetar el derecho de desarrollo de los pueblos bajo la premisa del equilibrio; pero debe exigir y controlar que las actividades productivas y de construcción se desarrollen con la mejor ciencia y tecnología para prevenir y corregir el impacto en las aguas superficiales o subterráneas. En esto debe estar en el pensamiento y la mano del legislador, los administradores del recurso, y los administrados (publico en general y empresarios).

*** Regresar ***