Sobre la ley del Recurso Hídrico set. 2005
Por. Alexander Bonilla D.
Nadie duda que el recurso hídrico de Costa Rica debe ser regulado y
adaptado a las circunstancias actuales.
Pero de ahì a pretender que una ley limite actividades productivas y
de construcción( como se ha publicado) en prácticamente un 75%
del territorio nacional es una incongruencia que atenta contra los principios
del desarrollo sostenible, que precisamente propugna por el equilibrio entre
los parámetros sociales, económicos y ambientales.
Aquì se està presentando un ambientalismo radicalizado, que està
solapado en diversas gentes e instituciones , y que nos hace recordar aquello
de las “sandìas”, verdes por fuera y rojas por dentro .
Algunos hacen eco de esas propuestas exageradas por convencimiento y en forma
honesta, las cuales respetamos aunque nos puedan parecer equivocadas. Otros
se plegan y se comportan como verdaderos “tontos útiles”.
Otros simplemente lo proponen porque todavía arrastran el gusanillo de
ideologías obsoletas y derribadas( las cuales tambièn respetamos,
pero no compartimos porque no son honestos al no decir las intenciones reales
que buscan).
La defensa por la ecología debe utilizarse para favorecer el bien comùn,
a la naturaleza , y al hombre. Cuando se utiliza con fines ideológicos
(en forma solapada), políticos, o de mercantilismo salvaje, se pervierte
el espiritu de una honesta lucha a favor de la conservación ambiental
y de las presentes y futuras generaciones..
La Ley sobre el Recurso Hídrico debe respetar el derecho de desarrollo
de los pueblos bajo la premisa del equilibrio; pero debe exigir y controlar
que las actividades productivas y de construcción se desarrollen con
la mejor ciencia y tecnología para prevenir y corregir el impacto en
las aguas superficiales o subterráneas. En esto debe estar en el pensamiento
y la mano del legislador, los administradores del recurso, y los administrados
(publico en general y empresarios).